LIGA DE CONSUMIDORES

¿Que es?
son organizaciones cuyo objeto es garantizar la protección, la información, la educación, la representación y el respeto de los derechos de los consumidores de bienes y servicios, así como velar por el pago de las indemnizaciones a que se hagan acreedores, según la ley, por la violación de sus derechos.




DECRETO 1441 DE 1982 Ligas y Asociaciones de Consumidores       
Por el cual se regula la organización, el reconocimiento y el régimen de control y vigilancia de las ligas y asociaciones de consumidores y se dictan otras disposiciones. El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y en especial de las facultades extraordinarias concedidas por la ley 73 de 1981



¿Cómo se forma una Liga de Consumidores?

Para que una organización sea reconocida como liga de consumidores, es indispensable que reúna las siguientes condiciones:


  • Su número no debe ser inferior a 25 integrantes, ciudadanos, vecinos del sector o barrio determinado. De forma provisional, puede estar conformada por 5 integrantes, encargados de promover su constitución y reconocimiento. El plazo máximo para reunir los requisitos para constituir la Liga es de tres (3) meses.
  • Se debe realizar una Asamblea para su fundación. En esta, se elige a un presidente, un vicepresidente, un tesorero y un secretario.
  • Se elabora un Acta, indicando fecha y hora del acto de constitución, la cobertura espacial de la liga y un listado, suscrito por todos de los participantes con su respectiva No. de cédula de ciudadanía, firma y domicilio. 
  • Estos documentos junto a una solicitud firmada por quien haya sido elegido como Representante Legal, se radican en la respectiva Alcaldía local o municipal donde vaya operar la liga para que el Alcalde expida la correspondiente Resolución de reconocimiento legal.
  • Debe estar precisamente definida su cobertura espacial, que podrá corresponder a cualquier parte del territorio ubicado en la jurisdicción de un municipio
  • Su carácter debe ser apolítico
  • No puede tener condiciones limitativas para el ingreso a ella por razones de edad, sexo, raza, religión, filiación partidista o ideología política.

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