INICIATIVA LEGISLATIVA






¿Que es?


Es el derecho que tienen los ciudadanos de presentar:
Ley 134 de 1994

  • Actos legislativos y de ley ante el Congreso de la República
  • Ordenanzas ante las asambleas departamentales
  • Acuerdos ante los concejos municipales o distritales.
  • Resoluciones ante las juntas administradoras locales
Inactiva legislativa única: se da en aquellos sistemas en donde solamente tiene la iniciativa legislativa el órgano que tiene a su vez atribuido el poder legislativo, y sólo este puede iniciar el procedimiento. 
  • Las que sean de iniciativa exclusiva del gobierno, los gobernadores o los alcaldes.
  • Presupuéstales, fiscales o tributarios.
  • Relaciones internacionales.
  • Concesión de amnistías o indultos.
  • Preservación y restablecimiento del orden público.

Se atribuye a uno o más órganos de un Estado o territorio para iniciar el procedimiento de trámite de forma válida que culmine en la aprobación, modificación o derogación de una ley.




TIPOS DE INICIATIVA LEGISLATIVA



  • Inactiva legislativa única
  • Se da en aquellos sistemas en donde solamente tiene la iniciativa legislativa el órgano que tiene a su vez atribuido el poder legislativo, y sólo este puede iniciar el procedimiento.
  • Iniciativa legislativa compartida

    Es aquella en la que, además del poder legislativo, la iniciativa puede partir de otros órganos de gobierno.





¿Que se trata en la iniciativa legislativa?

Deben ser de competencia de  la corporación pública ante la cual se va a presentar la iniciativa.
No pueden tratar los siguientes temas:


  • Las que sean de iniciativa exclusiva del gobierno, los gobernadores o los alcaldes.
  • Presupuéstales, fiscales o tributarios.
  • Relaciones internacionales.
  • Concesión de amnistías o indultos.
  • Preservación y restablecimiento del orden público.







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